Calculadora de quita y espera en convenio concursal
Simula el efecto de una propuesta de convenio en concurso de acreedores — cuánto se condona con la quita, cuántas cuotas anuales sobre la espera, y qué avisos normativos del TRLC se activan.
Última revisión: 25 de mayo de 2026
Importe a pagar tras quita
€
¿Qué ha hecho?
En un concurso de acreedores con convenio, el deudor propone a los acreedores una combinación de quita (perdón parcial de la deuda) y espera (aplazamiento del pago) sometida a votación. Esta calculadora simula el efecto sobre tu deuda total.
La fórmula
Importe tras quita = Deuda total × (1 − Quita %)
Cuota anual = Importe tras quita / Años de espera
Cuota mensual = Cuota anual / 12
Mayorías exigidas (art. 376 TRLC)
La aprobación del convenio depende del alcance de la propuesta:
| Propuesta | Mayoría exigida |
|---|---|
| Quita ≤ 50 % y espera ≤ 5 años | Mayoría simple del pasivo ordinario presente |
| Quita > 50 % o espera > 5 años | Mayoría reforzada (60 % del pasivo ordinario o 65 % si afecta privilegios) |
Espera máxima legal
El art. 393 TRLC fija el máximo absoluto en 10 años. Más allá, la propuesta es inadmisible — el juez la rechaza sin votación.
Qué deudas SÍ entran en la quita y espera
- Créditos ordinarios (la mayoría: proveedores, préstamos sin garantía especial, suministros impagados).
- Créditos subordinados (intereses, sanciones, créditos de personas especialmente relacionadas).
Qué deudas NO entran (o entran limitadas)
- Créditos contra la masa: gastos del propio procedimiento (administrador concursal, abogados, salarios devengados durante el concurso). Se pagan completos y los primeros.
- Créditos con privilegio especial (hipoteca, prenda, leasing): solo se ven afectados si el acreedor garantizado vota a favor del convenio (art. 397 TRLC).
- Créditos con privilegio general (salarios pendientes hasta 3 veces el SMI, indemnizaciones legales, créditos fiscales/Seg. Social hasta el 50 %): mismo régimen — solo afectados si votan a favor.
Para qué NO sirve
- Procedimiento especial de microempresas (Libro III TRLC): tiene reglas propias, plazos comprimidos y formularios estandarizados.
- Segunda oportunidad (EPI — exoneración del pasivo insatisfecho) para persona física: NO es un convenio, sino una exoneración tras liquidar el patrimonio o tras un plan de pagos de 3 años. Ver normativa específica.
- Plan de reestructuración pre-concursal (Libro II TRLC): instrumento distinto al convenio, con su propia mecánica de mayorías por clases.
- Cálculo del coste del procedimiento: administrador concursal, abogado y procurador se calculan por arancel (RD 1860/2004) sobre masa activa y pasiva.
El cómputo de cuotas que ves arriba
El simulador asume reparto lineal del importe pendiente en cuotas iguales durante la espera. Los convenios reales suelen ser escalonados (cuotas crecientes), diferidos (carencia inicial) o proporcionales (porcentaje de beneficios anuales). La cifra mensual sirve como referencia mínima de esfuerzo, no como cuota exacta del convenio.
Próximo paso
Si el resultado del simulador te indica una cuota mensual asumible, el siguiente movimiento real es encargar el informe del administrador concursal y preparar la propuesta formal de convenio con abogado especialista. Esta calculadora es solo un primer cribado para entender el orden de magnitud.