Calculadora de plusvalía municipal (IIVTNU)
Estima la plusvalía municipal a pagar al vender o heredar una vivienda según el método objetivo del RD-ley 26/2021, con coeficientes legales vigentes y tipo municipal configurable.
Última revisión: 24 de mayo de 2026
Plusvalía municipal estimada
€
¿Qué ha hecho?
La plusvalía municipal o IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) grava la subida del valor del suelo en cualquier transmisión: venta, herencia o donación.
Tras la sentencia del Tribunal Constitucional de 2021, la ley se reformó con el RD-ley 26/2021: ahora hay dos métodos de cálculo y el contribuyente puede elegir el más favorable. Esta calculadora aplica el método objetivo simplificado, que es el más usado.
La fórmula (método objetivo)
$$ \text{Base imponible} = \text{Valor catastral del suelo} \cdot \text{Coeficiente} $$
$$ \text{Cuota} = \text{Base imponible} \cdot \text{Tipo municipal} $$
Coeficientes legales 2024-2026
Los publica Hacienda anualmente. Tabla vigente:
| Años | Coef. | Años | Coef. |
|---|---|---|---|
| 1-2 | 0,15 | 11-13 | 0,08 |
| 3 | 0,16 | 14 | 0,10 |
| 4-5 | 0,17 | 15 | 0,12 |
| 6 | 0,16 | 16 | 0,16 |
| 7 | 0,12 | 17 | 0,20 |
| 8 | 0,10 | 18 | 0,26 |
| 9 | 0,09 | 19 | 0,36 |
| 10 | 0,08 | 20+ | 0,45 |
Curioso: el coeficiente NO crece monótonamente con los años — refleja la realidad del mercado, donde la subida acumulada en 7-13 años es menor que en periodos muy largos (>15 años).
Método objetivo vs método real
Desde 2021, si demuestras que la ganancia real (precio venta − precio compra, ambos ajustados) es menor que la base objetiva, puedes elegir el método real:
$$ \text{Base real} = (P_{\text{venta}} - P_{\text{compra}}) \cdot \frac{V_{\text{cat. suelo}}}{V_{\text{cat. total}}} $$
Y aplicar el tipo municipal sobre esa base. Si la ganancia real es 0 o negativa, no hay plusvalía (también se demostró inconstitucional gravar pérdidas).
Compara los dos métodos y declara el menor. El ayuntamiento debería ofrecerte ambos automáticamente, pero conviene revisar con tus propios números.
Quién paga
- Venta: el vendedor.
- Herencia: los herederos.
- Donación: el donatario.
Plazos:
- Venta o donación: 30 días hábiles desde la transmisión.
- Herencia: 6 meses desde el fallecimiento (prorrogables 6 meses más previa solicitud).
Bonificaciones más habituales
- Herencia de vivienda habitual entre parientes directos: 50-95 % de bonificación según ayuntamiento.
- Familia numerosa, dependientes, transmisiones a entidades sin ánimo de lucro: consulta ordenanza fiscal de tu municipio.
Para qué NO sirve
- Sustituir la liquidación oficial del ayuntamiento. Esto es un ESTIMADOR — la cuota real puede variar por bonificaciones, redondeos o tipos diferenciados de cada municipio.
- País Vasco y Navarra: tienen normativa foral propia.
- Suelo no urbano: la plusvalía sólo grava suelo urbano clasificado como tal en catastro.
Para complementar con el impuesto que paga el comprador, mira la calculadora de ITP en compra de vivienda.